¿Son compatibles la deducción por maternidad y ERTE?
En las últimas semanas, nuestros clientes nos han trasladado sus dudas sobre esta cuestión que ha sido recientemente aclarada por la AEAT
De acuerdo con el art. 81 de la Ley de IRPF, pueden aplicar esta deducción las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes previsto en el artículo 58 de esta Ley, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
Se debe tener en cuenta que cuando un trabajador es incluido en un ERTE, pasa a estar en una situación de desempleo total (tal y como se establece en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social). De este modo, dejaría de cumplir los requisitos exigidos por la Ley de IRPF.
Al ser así, una trabajadora afectada por un ERTE no podrá aplicar la deducción por maternidad.
Mientras la trabajadora se encontrase en esta situación, no podría disfrutar de esta deducción.