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12 febrero, 2021

Aseguradora indemniza a negocio de restauración por paralización durante el estado de alarma

 

Recientemente se ha dictado la Sentencia 59/2021 de la Audiencia Provincial de Girona en la que se reconoce el derecho del negocio a percibir una indemnización de 6000€ tras la paralización de su actividad con motivo del estado de alarma (COVID-19).

La parte actora, había contratado en febrero de 2020 una póliza con la entidad aseguradora demandada referida a un local de negocio destinado a pizzería.

Entre las coberturas de daño, figuraba el apartado “Pérdida de beneficios/paralización de la actividad”, donde se contemplaba una indemnización diaria de 200,00 euros (período de indemnización: 30 días) sin franquicia.

El afectado interpuso demanda frente a la aseguradora reclamando 6000 euros por el concepto anterior. El Juzgado de Primera Instancia desestimó sus pretensiones al entender que estaba excluido del contrato de seguro.

Contra dicho fallo, la parte demandante interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Girona quien estimó totalmente su pretensión al considerar que no se había contemplado expresamente la situación de pandemia y por tanto estaba cubierto por la póliza.

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